Autorización D.G.S. nº J3119
El Broker de seguros y sus ventajas
El Broker de Seguros es una figura profesional que ayuda a los consumidores y a las empresas en todo lo relacionado con la gestión y contratación de sus Seguros.
El Broker o también llamado Corredor de Seguros trabaja para conseguir las ofertas que mejor se adapten a las necesidades de sus clientes, gestionando la contratación definitiva de sus contratos de seguros y asistiéndoles, asesorándoles y ayudándoles en todos los trámites y gestiones posteriores, especialmente en caso de producirse un siniestro.
Para conseguir la mejor oferta para su cliente, el Broker realiza su tarea mediante un asesoramiento objetivo. En caso de siniestro, el Corredor representa a su cliente ante las Compañías de Seguros tramitando, gestionando y defendiendo sus intereses para que las Entidades Aseguradoras cumplan con sus obligaciones según los términos y condiciones acordados en su Contrato de Seguro.
El Rincón del Asegurado S.L, es una Correduría de Seguros fundada en el año 2006 fruto de las creencias de profesionalización que tenemos sobre el ámbito de los seguros.
Con la finalidad de marcar la diferencia en el mercado de los seguros, aplicando siempre los estándares de calidad y servicio, como nuestra vocación. Inscripta y autorizada en la dirección general de seguros y fondos de Pensiones D.G.S nº J3119.
Contamos con una amplia cartera de clientes que respaldan nuestra trayectoria empresarial durante todos estos años.
Apostamos por la implementación de las nuevas tecnologías, que aporte soluciones a la gestión y funcionamiento interno y externo de nuestra empresa, para que no solo repercuta en nuestros servicios, también en las necesidades de los clientes que cuenten con nuestro asesoramiento.
Además, poseemos un equipo de brokers altamente cualificado en las diferentes especializaciones, y con una amplia trayectoria para garantizar nuestro servicio. Entendemos que es muy importante contar con personas que nutran no solo nuestra empresa, sino también nuestro valores corporativos.
Contratar los seguros a través de un Broker ofrece a los asegurados plenas garantías de seguridad y calidad por ser una figura regulada legalmente y por estar su actividad sometida al control permanente por parte de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones– DGSFP.
Para ser Corredor de Seguros se requieren una especial cualificación y conocimientos, honorabilidad, profesionalidad y transparencia en la relación con sus clientes. Estos requisitos serán exigibles a lo largo de toda su vida profesional activa.
Ha de estar inscrito y autorizado por el Registro administrativo especial de Mediadores de Seguros de la Dirección General de Seguros (DGSFP) dependiente del Ministerio de Economía.
Poseen los conocimientos y aptitudes necesarios. Deben superar un curso de formación o una prueba de aptitud en materias financieras y de seguros privados para ejercer su actividad.
Tienen la experiencia para ejercer funciones de administración como empresario individual, y para el caso de Corredurías de Seguros, tienen habilidades gerenciales, directivas y de control.
Trayectoria de respeto a las leyes mercantiles u otras que regulen la actividad económica y la vida de los negocios, así como a las buenas prácticas comerciales, financieras y de seguros.
Obligatoriamente tiene que tener un seguro de responsabilidad civil profesional que cubra las posibles responsabilidades debidas de errores o acciones negligentes.
Los Corredores que manejan fondos tienen capacidad financiera que lo garantiza. Deben cubrir, mediante aval bancario o seguro de caución, al menos el 4% del total de primas anuales percibidas.
Disponen de un departamento o servicio de atención al cliente, incluso de un defensor del asegurado, para atender y resolver las quejas o reclamaciones que sus clientes pudieran presentarles.
Tienen que llevar sus libros de registro contables siguiendo la normativa que les impone la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Darán parte a la DGSFP su información estadístico-contable para que este organismo regulador pueda controlar y supervisar debidamente su actividad garantizando el servicio ofrecido a sus asegurados.